Sept. 7, 2023, 11:39 a.m.
Aug. 30, 2023, 7:24 p.m.
Aug. 29, 2023, 1:39 p.m.
Espacioindependiente nº 313, jueves 4 de julio, 2019 http://elespacioindependiente.wordpress.com/:f:info.espacio.independiente
LA CONDENA
Régimen criminal o una simple dictadura
Las decisiones tomadas por las principales instituciones del Estado acerca de la exhumación de Franco parecen no ser suficientes para llevar a cabo las determinaciones pautadas. Sobre ellas prevalecen, como el aceite sobre el agua, la legalidad y continuidad del franquismo en la Jefatura del Estado y en la Judicatura. La exhumación es un asunto español, europeo e internacional. La condena del fascismo y del nazismo realizada por las Naciones Unidas tras la Segunda Guerra Mundial es lo que está en cuestión por la imposición de la excepción española.
Excepción que también se mantuvo por un tiempo en Grecia y Portugal. En España, el franquismo pervive aún en la razón de Estado, en el continuismo institucional y legal. Por eso se permite su exaltación, condenada recientemente por la ONU y por el mismo Parlamento Europeo. El Código Penal no hace mención alguna a la apología del “franquismo y del fascismo”. El gobierno de P. Sánchez ha escogido para la exhumación el peor de los caminos: el de las argucias jurídicas sin decisiones políticas serias y democráticas, metiéndose de lleno en un verdadero pantano. La ciénaga de la condena suave del franquismo como “dictadura” -y no como fue calificada por las Naciones Unidas, como un régimen criminal- hace que cada esfuerzo en esa misma dirección le empuje al hundimiento en el fango de toda la política oficial. El real decreto ley de 10/2018 aporta toda una serie de razones políticas y jurídicas a todas luces insuficientes. La “extraordinaria y urgente necesidad” del desenterramiento parece no ser tal a la hora de establecer la condena que corresponde al caso. La argumentación del gobierno y de sus asesores del Consejo de Estado es todo un intento, cada vez en las peores condiciones, para la causa de la ocultación de los crímenes del franquismo de de no desatar el “atado y bien atado” de la herencia asumida.
La modificación de la ley 52/2007 de Memoria Histórica, aprobada por las Cortes establece que en el Valle de los Caídos “solo podrán yacer los restos mortales de personas fallecidas a consecuencia de la Guerra Civil española, como lugar de conmemoración, recuerdo y homenaje de las víctimas de la contienda”. Esta propuesta riza el rizo del continuismo de la obra funeraria de la exaltación del franquismo, de la guerra y de la dictadura, de su continuismo político en el régimen de la monarquía, establecida mediante la impunidad de crímenes masivos contra la humanidad. Justificación que desvela el interés por mantener el monumento al crimen de Estado y a la reconciliación nacional, que representa el monumento funerario religioso del Valle de los Caídos. Se niega con todo ello el derecho democrático y laico de las familias y de la sociedad de sacar los restos de sus familiares de dicho recinto y poner término al mismo. El otro argumento de la ley no es menos ineficaz: “La presencia en el recinto de los restos mortales de Franco dificulta el cumplimiento efectivo del mandato legal (de la ley de la Memoria de Zapatero), de no exaltación del franquismo y el propósito de rendir homenaje a todas las víctimas de la contienda”. Vuelve a tratar de mantener y consagrar el monumento al crimen contra la humanidad. Dicho mandato, como veremos, es totalmente insuficiente y contradictorio, empezando por reseñar que la ley citada declara el franquismo ilegítimo pero legal. Los mismos Acuerdos con el Vaticano de 1979 protegen el monumento al crimen, cuya basílica sigue siendo lugar de culto católico. El gobierno justifica sus medidas, aprobadas por las Cortes, para “atender el sentir mayoritario de la sociedad española” y “dar cumplimiento a los reiterados requerimientos de Naciones Unidas”. Pero el sentir mayoritario nada tiene que ver con el mantenimiento del Valle de los Caídos, como tampoco tiene que ver con la no condena del franquismo y de sus autores como máximos responsables de masivos crímenes contra la humanidad. Aún más, el real decreto ley establece que la exhumación revista las “condiciones adecuadas de dignidad y respeto”. Es decir, las condiciones que hacen referencia a un Jefe de Estado con los honores que le corresponde. Todos los obstáculos interpuestos a la exhumación por la Iglesia española y el Vaticano, por la familia, por la Fundación Franco y por la Asociación del Valle de los Caídos, se apoyan en las tremendas debilidades políticas y jurídicas del Gobierno: en las contradicciones en las que incurren las leyes de impunidad y en el mantenimiento de la Ley de Amnistía, que tratan de condenar a Franco como dictador sin imputarle los crímenes de la guerra y de la dictadura, para así mantener a todo precio la herencia franquista que representa la monarquía.
Una Ley de víctimas y de la Memoria es imprescindible para condenar el franquismo como régimen criminal y reconocer a los millones de víctimas en sus derechos. Para ello, los principales partidos que se reclaman de los derechos democráticos y de la justicia deben acabar con sus compromisos con el régimen y su impunidad. Estableciendo que la condena rotunda del franquismo y de cualquier acto de exaltación del mismo no puede sino tener como punto de partida la condena de Franco y del franquismo como responsables de crímenes internacionales que deben ser juzgados. El Estado Español está sustentado en el hilo histórico de la impunidad, por no haber cumplido los deberes elementales de verdad, justicia, reparación y no repetición.