Sept. 7, 2023, 11:39 a.m.
Aug. 30, 2023, 7:24 p.m.
Aug. 29, 2023, 1:39 p.m.
Por unas condiciones justas de trabajo de los y las recolectoras agrarias
El gobierno justifica el programa de empleo en el campo, aprobado mediante Decreto-Ley, para que haya la suficiente mano de obra que realice con normalidad la recogida, producción y distribución de productos alimenticios a todo el país. Así, en su exposición de motivos señala que “Esta reducción de mano de obra, a su vez, podría poner en peligro el actual abastecimiento alimentario a los ciudadanos, que hasta la fecha se ha desarrollado en condiciones de extraordinaria variedad, cantidad y calidad. De agravarse las perturbaciones que ya se empiezan a sentir en la fase de producción agraria, se podría poner en peligro el correcto funcionamiento de la cadena alimentaria al completo, con la consiguiente repercusión negativa sobre los consumidores finales, tanto en términos de oferta como de precio, lo que resulta especialmente gravoso dadas las condiciones de vida derivadas de la situación de crisis sanitaria y la reducción de la renta disponible por las perturbaciones económicas generales, especialmente entre la población en mayor riesgo de pobreza y exclusión social”.
1.- Para dar respuesta a la excepcional situación que se vive en el país, este decreto-ley habilita de modo excepcional a un número importante de fuerza de trabajo, tanto nacional como inmigrante, para la ejecución de las tareas agrícolas
Estas medidas suponen la legalización de lo que hace unos días era economía sumergida. El sistema capitalista maneja caprichosamente sus propias normas dependiendo de sus intereses económicos concretos.
De manera general, ahora el gobierno va a permitir la realización de tareas agrícolas a todos los trabajadores/as que cobran ayudas sociales, subsidios y prestaciones por desempleo.
Por otro lado, La ley de extranjería se derogará temporal y parcialmente para facilitar mano de obra barata al campo español y asegurar el abastecimiento alimentario de la población durante la crisis del Covid-19. Así, aprueba que hasta junio de este año se renueven automáticamente los permisos de trabajo de los migrantes que finalizan durante el estado de alarma, puedan ser contratados los migrantes irregulares sin papeles y aquellos que están pendientes de la aprobación de sus solicitudes de asilo.
Estos inmigrantes serán temporeros hasta el 30 de junio. Y una vez atendidas las necesidades de recolección de alimentos, y en agradecimiento a su imprescindible labor: volverán a la casilla de salida de “los sin papeles”. Y, por lo tanto, a la posibilidad de su expulsión o internamiento en algún CIE, una vez pasada la crisis
El gobierno toma una serie de medidas justificándose en la escasez de mano de obra y a su vez, tratando de quedar bien con los patronos agrarios, encuadrados en las organizaciones de ASAJA y APAG, acallar sus críticas contra el Ministerio de Agricultura, y frenar la continuidad de las movilizaciones organizadas durante meses anteriores.
Las reivindicaciones que atañen más a los pequeños agricultores, como las relativas a los precios de los productos agrícolas o las contrataciones de suministro de frutas y productos con las centrales hortofrutícolas, son de menor interés y quedan ocultas y olvidadas.
Algunos sindicatos, en base a datos estadísticos, consideran que hay suficiente mano de obra en el campo para recoger las cosechas, lo que faltan son salarios en cuantías decentes que motiven a los jornaleros y jornaleras.
No vamos a descubrir que el sueño de la clase empresarial es disponer de un mercado abundante de mano de obra al objeto de rebajar los salarios y acrecentar la obtención de plusvalía.
Somos conscientes de que en algunos lugares se notará la falta de mano de obra porque no vienen trabajadores y trabajadoras de Marruecos y de otros países europeos. El problema del virus hace que Marruecos cierre sus fronteras impidiendo que vengan más de 10.000 trabajadores, a lo que se une la negativa a desplazarse por el mismo motivo de otros muchos miles que vienen de Bulgaria y Rumanía.
2.- Respecto a algunos puntos concretos del decreto-ley como el que se refiere a los procedimientos para la contratación de la mano de obra.
El decreto ley recoge cómo ha de llevarse a efectos la tramitación de las contrataciones. El proceso no cambia respecto al que debe seguirse habitualmente, pero en la práctica agrícola frecuentemente se deja de lado. Por eso, es positivo que el decreto-ley lo recoja y lo vuelva a poner de manifiesto.
La ejecución del procedimiento establecido sería un avance muy importante para superar muchos de los problemas que en este sentido se presentan en las contrataciones agrarias, en donde el caos suele ser lo habitual. Pocos empleadores siguen los pasos legales.
En estos momentos, dudamos de que los servicios públicos de empleo y los de inspección y control tengan la eficacia y la agilidad suficiente para responder a lo que se recoge en el texto legal.
Los trámites que se deben seguir para la contratación de la fuerza de trabajo siguen el proceso siguiente: los empresarios ofertan sus necesidades de mano de obra a los servicios de empleo, estos satisfacen la oferta con los desempleados inscritos, y posteriormente reciben los contratos que los empresarios han realizado.
Los servicios de empleo contactan con las entidades de la seguridad social para que reflejen estos contratos, y apliquen las medidas oportunas a los mismos, al objeto de que se cobren las cotizaciones sociales y se respeten los derechos laborales.
Con el nuevo decreto-ley, las entidades de la seguridad social en concordancia con los servicios de empleo deben restablecer las ayudas sociales, los subsidios y prestaciones que cobren quienes estén realizando las tareas agrícolas
Los pagos se deben hacer por transferencias bancarias y los salarios deben atenerse al convenio colectivo o en caso de que no existieran se deben guiar por el salario mínimo, y nunca se pagarán cuantías inferiores a aquel.
El planteamiento teórico en cuanto al proceso de los trámites en contratos y pagos, nos parece muy conveniente ya que de este modo existe un control de la administración pública.
3.- Sin embargo, tenemos que señalar algunas objeciones que nos señala la experiencia que impiden que la teoría tenga una ejecución práctica.
En la actualidad la pandemia obliga a que los servicios administrativos estén cerrados a la presencia personal y el funcionamiento electrónico no tiene la suficiente agilidad y eficacia, y de seguir el estado de cosas, será difícil que respondan convenientemente a una avalancha de movimientos contractuales como los que se suceden en este período.
A lo anterior se suma la dificultad para determinar y conjugar la oferta y la demanda de trabajadores por parte de los servicios públicos de empleo de las diferentes localidades, a la espera de que la Administración Regional determine cómo se van a organizar las ofertas de empleo en el territorio provincial.
La burguesía y la pequeña burguesía agraria acumulan la experiencia suficiente para que cuando lo consideren necesario salten y rompan los moldes legales que el Estado les impone en el cumplimiento de las condiciones laborales
Los retrasos en las cuestiones administrativas darán vía libre a que los contratos se hagan primero por los empleadores y posteriormente se presenten en las oficinas de empleo. Es decir, la contratación se seguirá realizando como casi siempre en el centro de trabajo.
A pesar de las normativas que ya existen y regulan todo lo referente a los procedimientos para la realización de las contrataciones, las dificultades señaladas justificarán que los empleadores por facilidad burocrática y rapidez, contraten al margen de las oficinas de empleo, no esperarán a las teóricas asignaciones que realicen los servicios de empleo, como ocurre en la práctica.
La patronal ya está organizando una respuesta a este decreto-ley y han lanzado el mensaje de que van a crear una bolsa de empleo propia, abierta a la inscripción de trabajadores y trabajadoras. La patronal quiere disponer de un currículo de cada trabajador para saltar las normas legales en la contratación.
4.- El reforzamiento de los servicios públicos de empleo, las inspecciones de trabajo y los servicios de la seguridad social.
La administración pública tiene que disponer del número suficiente de inspectores de trabajo para vigilar y controlar hechos concretos ilegales que de manera frecuente se dan en el mundo laboral agrícola.
No es difícil encontrar algún patrono avaricioso que incumple las condiciones laborales en sus centros de trabajo. Las respuestas de la Administración regional a las denuncias que se pusieron en la inspección de Trabajo, fundamentadas en los incumplimientos de salarios y horarios, desde algunos sindicatos y movimientos sociales fueron arrojadas a la más absoluta ignorancia.
A su vez, es importante que haya una correspondencia entre la Seguridad Social y los servicios de empleo para controlar que lo establecido en las contrataciones se corresponden con las altas en la seguridad social.
A los trabajadores agrícolas se les da de alta menos días de los que trabajan, y se les firman menos jornadas de las que realmente realizan. De este modo, los empresarios cotizan menos a la seguridad social y lo que es más importante, entretienen y mantienen a los obreros atrapados en las redes de la pobreza y en el espíritu alienante al que los arrastra la economía sumergida; va contra el interés general de la clase obrera pactar con el patrón agrario para no exigir la declaración de los días trabajados, y de este modo no sobrepasar el número de peonadas a partir de las cuales pierden el subsidio agrario.
5.- Una de las justificaciones en las que el gobierno se apoya para la aprobación del decreto-ley es que con estas medidas se mejora el nivel de rentas de ciertos colectivos sociales.
El hecho de que se compatibilice el trabajo en las tareas agrícolas con el cobro de ayudas sociales, subsidios y prestaciones, es un caramelo para la burguesía agrícola, que tiene la experiencia suficiente para manejar cualquier elemento diferencial entre los trabajadores y trabajadoras y provocar su división.
En términos generales las necesidades económicas de los que no tienen nada son mayores que los que tienen algún tipo de ingresos.
La clase empresarial ávida del beneficio estará muy atenta para explotar las variables diferenciales entre unos y otros y para evitar cualquier conflicto de tipo reivindicativo que vaya contra sus intereses.
Por otro lado, la clase obrera tiene que establecer unos objetivos concretos que unifiquen los intereses de los trabajadores y trabajadoras y asuman un horizonte por el que valga la pena luchar.
En este sentido, nuestro objetivo tiene que ser la movilización y la lucha por la consecución de unos ingresos mínimos inmediatos para toda la población trabajadora y por la renta básica universal.
Desde la Marea Básica, movimientos sociales y organizaciones políticas estamos exigiendo al gobierno la implantación de una renta básica universal para toda la población como elemento económico imprescindible para salir de la situación de crisis global que golpea especialmente a ciertos grupos sociales.
6.- PROPUESTAS
6.1.- Tomando como base los objetivos que se propone el gobierno con este decreto pretendemos, aprovecharlos y extenderlos en la lucha por un modelo económico y social que sea acorde con los intereses de las clases trabajadoras.
En este sentido, proponemos la implementación de unos ingresos mínimos asegurados para toda la población trabajadora que se sumarán a los ingresos que perciban en la realización de las tareas agrarias para las que sean contratados.
6.2.- La población trabajadora que percibiría estos ingresos mínimos asegurados es la incluida por el gobierno para la realización de tareas agrarias, tanto los que carecen de todo tipo de ingresos como los que tienen ingresos procedentes de ayudas sociales, subsidios y prestaciones por desempleo, pensiones no contributivas, y la población inmigrante a la que se refiere el decreto-ley aprobado.
6.3.- Los ingresos mínimos asegurados a percibir por todas las familias serán no menos de 1200 euros por unidad de convivencia y 150 euros por cada hijo.
6.4.- Las personas que reciben las ayudas sociales, y los subsidios y prestaciones dejarían de percibirlas una vez que de manera automática se ponga en marcha esta renta básica temporal enunciada anteriormente, que debería estar en marcha antes del 30 de Abril.
6.5.-La implementación de la Renta Básica sería como hemos dicho con fecha 30 de Abril y duraría un mínimo de 9 meses hasta final de año. Tiempo necesario para evaluar su efecto y para diseñar su extensión a otros sectores de la población, y su continuidad, dado que la crisis va a ser dura y persistente más allá del final del estado de alarma, además de que puede haber nuevos rebrotes que obliguen a confinar de nuevo a la población y paralizar la actividad. No podemos repetir los errores cometidos ahora ni en prevención sanitaria ni social.
6.6.- En el ejercicio 2021 todas las personas perceptoras deberán presentar su declaración del IRPF. De hecho, la hará como ya lo hace en la actualidad la Agencia Estatal de la administración Tributaria (AEAT), a través del borrador que envía a cada contribuyente. Las personas perceptoras de RB y de otros ingresos pagarán en función del total de ingresos, descontando la transferencia de RB percibida
6.7.- Las administraciones públicas deben dotar de los recursos humanos y materiales suficiente a los Servicios Públicos de Empleo y a las entidades gestoras de la Seguridad Social para el cumplimiento efectivo de lo indicado en este decreto-ley, y en el resto de las normas legales.
6.8.-Exigimos la dotación de recursos humanos suficientes para que la Inspección de Trabajo realice de manera efectiva el control y la vigilancia del cumplimiento de las condiciones laborales legales en el campo.
6.9.- El gobierno debe proceder a la legalización inmediata de todos los trabajadores inmigrantes. No se les puede despedir con una patada en el culo una vez que han servido los intereses económicos y sociales del país, se les debe integrar plenamente en el Estado español con todos los derechos de ciudadanía.
6.10.- Exigiremos el cumplimiento estricto del artículo 4 del decreto-ley en cuanto a que el empresario deberá asegurar en todo momento la disponibilidad de medios de prevención apropiados frente al COVID-19.
6.11.-Trabajaremos para la creación en todos los centros de trabajo de comisiones de trabajadores encargados del cumplimiento de las condiciones laborales.
Dec. 15, 2022, 11:50 a.m.
March 14, 2019, 12:18 p.m.